El artículo 1304 del Código Civil, en sede de nulidad de los contratos, opera como una excepción a la obligación de restitutio in integrum, y comporta, en su ámbito de aplicabilidad, un beneficio o privilegio que precisa determinar su alcance, dada la invariabilidad de la regla desde su promulgación. Por otra parte, y en contraposición a lo expuesto, no puede obviarse la evolución del término ´incapacidad´ en este dilatado período de tiempo.
El estudio, partiendo de los antecedentes históricos, examina el significado de dicha expresión, así como la eficacia prevista: ´la restitución en la medida del enriquecimiento´ y aporta las claves para vislumbrar el verdadero significado y trascendencia de la norma en cuestión.