MEMENTO PRÁCTICO PYME 2016

MEMENTO PRÁCTICO PYME 2016 (Libro en papel)

Editorial:
LEFEBVRE - EL DERECHO
Año de edición:
ISBN:
978-84-16612-29-1
Páginas:
1200
Encuadernación:
Rústica
-5%
92,56 €
87,93 €
IVA incluido
Agotado

Toda la información que necesita como director de empresa
COMPLETA Y ACTUALIZADA
Nos complace presentarte el nuevo Memento PYME, por fin un manual diferente alejado de lo puramente técnico y centrado en lo práctico, elaborado a tu medida, en el que se incluyen todas las cuestiones que debe tener controladas en tu negocio: fiscalidad, relaciones con los trabajadores, gestión de clientes y proveedores, reclamación de impagados, relaciones con la bancaà
La referencia de consulta más esperada Porque todo empresario o gerente de una empresa, con total independencia de su tamaño, necesita tener siempre a mano una referencia de consulta práctica y ágil para tomar decisiones por sí mismo, pero también para entenderse con sus asesores y gestores.
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Una obra completa para empresarios y profesionales que recoge todos los aspectos a los que debe enfrentarse:
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- Contabilidad
- Contratos
- Facturación
- Financiación
- Gestión de impagados
- Gestión del patrimonio privado
- Impuestos
- Inmuebles
- Inversiones
- IVA
- Práctica comercial
- Préstamos
- Presupuestos/pedidos/pagos
- Productos bancarios
- Seguridad e higiene laboral
- Seguridad Social
- Seguros
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PRINCIPALES NOVEDADES
Entre otras muchas novedades analizadas en esta nueva edición destacan:
A) En el área de relaciones con los trabajadores y la Seguridad Social, además de ampliar y sistematizar todo su contenido, la nueva edición presenta importantes novedades legislativas que han sido incorporadas.
Así, en la parte de relaciones con los trabajadores se destacan: el nuevo texto refundido del ET, aprobado por RDLeg 2/2015 y la incorporación del nuevo permiso por adopción para acudir a las sesiones de información y preparación (L 26/2015 de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia). Es también destacable la publicación del nuevo sistema de formación profesional para el empleo (L 30/2015).
En materia de Seguridad Social destaca la publicación del nuevo texto refundido de la LGSS (RDLeg 8/2015) y la modificación de los reglamentos de cotización, afiliación y recaudación como consecuencia de la implantación del sistema de liquidación directa (RD 708/2015). También se ha incorporado el nuevo complemento por maternidad que supone una mejora de las pensiones contributivas de jubilación, viudedad e incapacidad permanente de las mujeres con 2 hijos o más (LPGE 2016).
Con relación a las infracciones y sanciones, se establece una nueva regulación de la inspección de trabajo (L 23/2015).
Respecto de los autónomos se han incorporado las importantes modificaciones de la Ley del Fomento de empleo autónomo que afectan a los incentivos al autoempleo, al TRADE y a la prestación de cese de actividad (L 31/2015).
B) En materia de relaciones con Hacienda se incorporan las novedades introducidas en la LGT, con el fin de reforzar la seguridad jurídica, prevenir el fraude fiscal incentivando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias e incrementar la eficacia de la actuación administrativa en la aplicación de los tributos (L 34/2015).
Se incluye la elevación del límite exento de la obligación para aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento (OM HAP/2178/2015).
En relación a los tributos se incluyen las novedades introducidas por el RDL 9/2015, por el que se reduce la carga tributaria para los contribuyentes del IRPF y por el RD 633/2015, por el que se modifican el RIRPF y el RIRNR. Se introducen referencias al nuevo RIS, aprobado por el RD 634/2015.
En este capítulo, se ha procedido a incorporar las medidas tributarias contenidas, en materia de IRPF, IVA e IS, en la LPGE 2016 (L 48/2015).
Asimismo, se incorporan las modificaciones introducidas por las normas de medidas tributarias emitidas por las diferentes CCAA en el ámbito de la cesión de los tributos.
C) En la sección ´Sociedades´, se ha incorporado la referencia al modelo de escritura pública en formato estandarizado y con campos codificados para la constitución de la SRL mediante el DUE y el sistema CIRCE (OM JUS/1840/2015).
En las operaciones de liquidación de sociedades se incluyen las modificaciones sobre competencia para convocar la junta y nombrar al interventor (L 15/2015).
Se introducen las modificaciones introducidas en la LSC por la nueva LAC (L 2/2015), conforme a las cuales algunos trabajos dejan de estar asignados por ley al auditor de cuentas y pasan a desempeñarse por un experto independiente, que no necesariamente debe ser auditor.
Se hace referencia a la regulación de las especificaciones y condiciones para el empleo del DUE para el cese de actividad y extinción de la SRL y el cese de actividad de las empresas individuales (RD 867/2015).
Se recoge la nueva regulación de la sociedad laboral (L 44/2015).
Se incluyen novedades en materia de concurso de acreedores (L 9/2015, L 25/2015 y L 40/2015).
D) La resolución de conflictos entre clientes y proveedores en vía judicial ha sido ampliamente modificada por las numerosas modificaciones introducidas en la LEC. Entre otras destacamos, las relativas al juicio verbal (L 42/2015); la incorporación del régimen jurídico del acto de conciliación por la Ley de Jurisdicción Voluntaria (L 15/2015), así como las relacionadas con la ejecución de sentencias u otros títulos, fundamentalmente en materia de embargos y subastas (L 15/2015 y L 19/2015).
E) El contenido relativo a las relaciones con las aseguradoras ha sido actualizado conforme a lo establecido en la nueva regulación de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras (L 20/2015 y RD 1060/2015).
F) En relación a las obligaciones contables, se ha modificado la sección de auditoría para recoger la regulación de la nueva LAC (L 22/2015). Esta norma introduce, además, modificaciones que afectan a la obligación de presentar el ECPN y al contenido de la memoria normal y abreviada.
Se incluye la referencia a los nuevos modelos de cuentas anuales normales y consolidadas a presentar en el Registro Mercantil aprobados por dos Resoluciones de la DGRN del 26-2-2016, que modifican la OM JUS/206/2009 y la OM JUS/1698/2011.
Se introduce un nuevo apartado con la información que las sociedades mercantiles deben recoger en la memoria de sus cuentas anuales individuales y consolidadas en relación con el periodo medio de pago a proveedores en operaciones comerciales (ICAC Resol 29-1-2016).
G) Se incluyen todas las modificaciones en materia de contratación con las Administraciones Públicas, en relación con los requisitos y prohibiciones para contratar, criterios de adjudicación, revisión de precios, etc. (L 40/2015 y RDL 10/2015).