REGLAMENTO DE COMBUSTIBLES GASEOSOS 3ªED.

REGLAMENTO DE COMBUSTIBLES GASEOSOS 3ªED.. INSTALADOR DE GAS CATEGORÍA A, B Y C (Libro en papel)

Editorial:
MARCOMBO
Año de edición:
Materia
Ingeniería civil
ISBN:
978-84-267-2487-8
Páginas:
436
Encuadernación:
Rústica
-5%
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24,23 €
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Este libro contiene, en un mismo volumen, las versiones actualizadas del Reglamento Técnico de Distribución y Utilización de Combustibles Gaseosos, aprobado según el RD 919/2006 y modificado por el RD 560/2010, el RD 984/2015 y por la Resolución de 2 de julio de la Dirección General de Industria, así como de las diferentes normas UNE que intervienen en el establecimiento de las condiciones técnicas y de seguridad que deben darse en las instalaciones de distribución y utilización de combustibles gaseosos, en los distintos aparatos de gas y en los espacios que los albergan, con el fin de mantener la seguridad de personas y bienes. Los condicionantes anteriores se aplicarán, de forma genérica, en las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento y, de una manera específica, en las instalaciones a las que hace referencia cada una de las respectivas instrucciones técnicas complementarias (ITC-ICG). Este Reglamento se articula mediante 11 de estas ITC. También se han incluido, de entre todas las normas UNE citadas en el Reglamento, seis de ellas (en sus versiones más actualizadas) que constituyen, por su vigencia, las piedras angulares para todos aquellos aspirantes a la obtención de las competencias como Instalador de Gas: ·UNE 60670:2014. Instalaciones receptoras de gas suministradas a una presión máxima de operación (MOP) inferior o igual a 5 bar ·UNE 60601:2013. Salas de máquinas y equipos autónomos de generación de calor o frío para cogeneración, que utilizan combustibles gaseosos ·UNE-EN 1949:2011. Especificaciones de las instalaciones de sistemas de GLP para usos domésticos en los vehículos habitables de recreo y para alojamiento en otros vehículos ·UNE 60250:2008. (Corregida 2016) Instalaciones de almacenamiento de gases licuados del petróleo (GLP) en depósitos fijos para su consumo en instalaciones receptoras ·UNE 60310:2015. Canalizaciones de combustibles gaseosos con presión máxima de operación superior a 5 bar e inferior o igual a 16 bar ·UNE 60620:2005. Instalaciones receptoras de gas natural suministradas a presiones superiores a 5 bar

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